GOBIERNO ESCOLAR 2013
Es el órgano administrativo que agrupa los diferentes representantes de la Comunidad Educativa para participar en la dirección de las Instituciones.
- Rector
- Consejo Directivo
- Consejo Académico
- Consejo de Padres
- consejo Estudiantil
RECTOR
Lic. Juan Carlos Colina Baron

Representante del establecimiento ante las autoridades Educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno Escolar.
CONSEJO DIRECTIVO 2013
Como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento, esta integrado por:
Lic. Juan Carlos Colina Baron
Rector
Lic.
Representante docentes primaria
Lic. Fanny Arenas
Representante docente Secundaria y Media
Representante Estudiante de Ultimo grado
Representante padres de familia
Representante padres de familia
CONSEJO ACADEMICO
El consejo academico de la institución esta conformada por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el Plan de Estudio.
Lic. Fanny Arenas
Lic. Zarima Guerrero
Lic. Lida Romero
Lic. Aleida Gelver
Lic. Cecilia Florez
Lic. Sixto Rodriguez
Lic. Pedro Ipuja
Lic. Cesar Cortes
Lic. Alcides Guarin
Lic. Gines Alcala
Lic. Carmen Garzon
Lic. Stella Coy
Lic. Roberto Gaitan
Lic. Yolanda Pabon
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO
- Orientar los procesos pedagógicos institucionales.
- Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión del PEI.
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento descrito en el Decreto 1860 de 1994 y 230 de 2002.
- organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
- Participar en la evaluación institucional anual.
- Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
- Recibir y decidir reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.
- Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.
CONSEJO DE PADRES
Esta conformado por los padres representantes de cada grupo desde el Pre-escolar hasta grado Undecimo.
CONSEJO ESTUDIANTIL
Se conforma con un representante de cada grupo elegido en reuniòn de grupo convocad por el Rector dentro de los treinta dias posteriores a la iniciaciòn de clases.
El dìa 20 de Febrero de 2013 se hizo democraticamente la elecciòn de cada representante de grado, el proyecto es liderado por el Licenciado Sixto Rodriguez.
Pronto estaremos eligiendo a nuestro Personero.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
- Darse su propia organiziòn interna.
- Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la Instituciòn, asesorarlo y vigilarlo en el desarrollo de su funciòn como representante de los interes y necesidades de los estudiantes.
- Invitar a reuniones a los estudiantes y demàs miembros de la comunidad educativa que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
- Dar a conocer públicamente en forma oral o escrita, las actividades y poyectos que han desarrollado o planean desarrollar en beneficio de los estudiantes.
- Buscar por intermedio de los organismos escolares y de otras organizaciones dentro y fuera de la instituciòn, talleres y actividades de formaciòn en liderazgo, gestiòn de proyectos, resoluciòn de conflictos.
PERSONERA ESTUDIANTIL
El personero estudiantil, debe ser un estudiante que curse el último grado de un establecimiento de educacion básica o de educación media, tiene como funciones entre otras:
a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos;
c) Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. Será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.
Quienes Somos: Los Personeros y Personeras Estudiantiles somos líderes juveniles con la capacidad de generar participación en la comunidad estudiantil y social.
Somos defensores de los derechos humanos y promovemos la cultura democrática. Velamos porque la comunicación entre los estudiantes, maestros, padres de familia y demás integrantes de la comunidad educativa sea abierta, clara, sencilla y respetuosa.
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